jueves, abril 25, 2024
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Congreso efectuó su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones.

Aguascalientes, Ags. La LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, celebró su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, asignando en sesión previa a las y los congresistas integrantes de la nueva Mesa Directiva, como presidente el diputado Max Ramírez, vicepresidente Juan Luis Jasso, primer secretaria Juanis Martínez, segundo secretario Francisco Sánchez y prosecretaria Jesti Sánchez.

Como primer punto del orden del día, se aprobó por unanimidad el dictamen de la Comisión de Vigilancia que resuelve la Solicitud para Ejercer Actos de Dominio en su modalidad de donación, respecto a seis hectáreas del predio número dos, polígono irregular, ubicado en “El Chiflido”, en esta Ciudad de Aguascalientes, propiedad del Gobierno del Estado para la construcción de un Hospital General Regional de 260 camas en la entidad, situación que coadyuvará a mejorar el indicador de atención de camas hospitalarias, reestructurando el servicio hasta 260 mil derechohabientes afiliados a la seguridad social del Estado de Aguascalientes.

En dicho punto, la legisladora Mayra Torres, Genny López y el diputado Pepe Altamira, al participar a favor del dictamen, manifestaron que, se unen a este gran proyecto impulsado por la gobernadora Tere Jiménez, en materia de salud, al considerar que, con estas acciones, se dan pasos firmes en la consolidación y protección del derecho a la salud de todas y todos los aguascalentenses.

Acto seguido,, se avaló por mayoría el dictamen de la comisión de Transporte Público, que resuelve la iniciativa por la que se reforma la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes.

La modificación a esta normatividad consiste en garantizar uno de los principios rectores de la Ley de Movilidad como lo es el de seguridad, mediante el cual se priorizan las acciones para prevenir lesiones o muertes por hechos de tránsito terrestre a causa de la utilización de vehículos en la prestación del servicio de transporte de personas que no garantizan la seguridad de los usuarios salvaguardando, además, la integridad de quienes transiten por la vía pública.

Con esta reforma queda prohibido la utilización de motocicletas para prestar el servicio de transporte de personas contratado a través de plataformas tecnológicas administrado por empresas de redes de transporte.

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